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¿Qué es el Asilo en España? El Asilo es la garantía de los derechos humanos consistente en
la protección que el Estado presta, dentro de su ámbito de soberanía, a los extranjeros que hayan penetrado en su
territorio para huir de la persecución política o de las condiciones económicas o medioambientales de su país de
origen.
¿Cuál es el plazo de presentación de Asilo?
La solicitud de asilo en el interior del territorio español habrá de presentarse en el plazo de un mes a contar
desde la entrada en el mismo, salvo en los supuestos en que el extranjero disfrute de un período de estancia legal
superior al citado, en cuyo caso podrá presentarse antes de la expiración del mismo.
Cuando las circunstancias que justifiquen una solicitud de asilo se deban a una causa sobrevenida en el país de
origen se computará el plazo de un mes a partir del momento en que hayan acontecido los hechos que justifiquen su
temor de persecución.
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SOLICITAR ASILO EN ESPAÑA | ABOGADOS DE EXTRANJERÍA DE MADRID
GUÍA CON PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE DERECHO DE ASILO EN ESPAÑA | ABOGADO TE DEFIENDE.COM | ASILO Y REFUGIO EN
ESPAÑA |
EL DERECHO A SOLICITAR ASILO EN ESPAÑA | ¿QUIÉNES PUEDEN SOLICITAR ASILO EN ESPAÑA?
De acuerdo con el art. 1 de la Ley 5/1984 de 26 de marzo, reguladora del Derecho de Asilo y de la Condición de
Refugiado, El territorio español constituirá un refugio inviolable para todas las personas a quienes se conceda
asilo de conformidad con esta ley. Se reconoce a los extranjeros el derecho a solicitar asilo.
SOLICITAR ASILO EN ESPAÑA | ¿QUÉ ES EL DERECHO DE ASILO?
El derecho de asilo reconocido en el art. 13,4 CE (CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA) es la protección dispensada a los
extranjeros a los que se reconozca la condición de refugiado y que consiste en su no devolución ni expulsión en los
términos del art. 33 Convención sobre el Estatuto de los
Refugiados, hecha en Ginebra el 28 julio 1951, y en la adopción de las siguientes medidas durante el tiempo en que
subsistan las circunstancias que motivaron la solicitud de asilo:
a) Autorización de residencia en España.
b) Expedición de los documentos de viaje e identidad necesarios.
c) Autorización para desarrollar actividades laborales, profesionales o mercantiles.
d) Cualesquiera otras que puedan recogerse en los Convenios Internacionales referentes a los refugiados suscritos
por España.
2. Asimismo, podrá otorgarse a los refugiados, en su caso, la asistencia social y económica que reglamentariamente
se determine.
SOLICITAR ASILO EN ESPAÑA | ¿CAUSAS QUE JUSTIFICAN LA CONCESIÓN DEL ASILO? ¿CUÁNDO SE DENEGARÁ EL ASILO?
Se reconocerá la condición de refugiado y, por tanto, se concederá asilo a todo extranjero que cumpla los
requisitos previstos en los Instrumentos Internacionales ratificados por España, y en especial en la Convención
sobre el Estatuto de los Refugiados, hecha en Ginebra el día 28 julio 1951, y en el Protocolo sobre el Estatuto de
los Refugiados, hecho en Nueva York el 31 enero 1967.
No se concederá asilo a quienes se encuentren comprendidos en alguno de los supuestos previstos en los arts. 1 F) y
33,2 Convención de Ginebra.
SOLICITAR ASILO EN ESPAÑA | TRÁMITE DE LA SOLICITUD DE ASILO EN ESPAÑA
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INFORMACIÓN
SUPUESTOS:
- SI EL EXTRANJERO SE ENCUENTRA EN ESPAÑA:
Cuando el extranjero que pretenda solicitar asilo se encuentre en territorio español, presentará su petición ante
la Autoridad gubernativa competente, personalmente o, en los casos de imposibilidad, mediante persona que lo
represente. En este último caso, el solicitante deberá ratificar la petición una vez desaparezca el impedimento. En
todo caso, tendrá derecho a asistencia letrada, intérprete y atención médica.
La entrada ilegal en territorio español no podrá ser reconocida cuando haya sido realizada por persona que reúna
los requisitos propios de la condición de refugiado, siempre que se presente sin demora a las autoridades.
EFECTOS DE LA ADMISIÓN A TRÁMITE DE LA PETICIÓN DE ASILO:
La admisión a trámite de la petición de asilo hecha en cualquier frontera supondrá la autorización de la entrada y
de la permanencia provisional del solicitante, sin perjuicio de lo que pueda acordarse en la resolución definitiva
del expediente.
SUPUESTO EN QUE EL SOLICITANTE CAREZCA DE DOCUMENTACIÓN:
Si el extranjero carece de la documentación exigida para residir en España, el Ministerio del Interior podrá
acordar la fijación de residencia obligatoria al interesado en tanto no se resuelva su solicitud.
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