RESIDENCIA Y TRABAJO INICIAL CUENTA
AJENA
Tengo
un candidato cualificado para mi empresa que quiero traerme de Argentina. ¿Qué trámite debo hacer para
contratarlo legalmente?
¿Qué es la Residencia y Trabajo Inicial cuenta ajena?
La Residencia y Trabajo Inicial cuenta ajena, es una autorización de
residencia temporal y trabajo que usted, como empresario, debe solicitar para su futuro empleado que no vive en
España. Si tiene alguna duda póngase en contacto con
nosotros.
Requisitos para solicitar la
Residencia y Trabajo Inicial cuenta ajena
• No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y de
Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países, a los que les sea de aplicación el régimen
comunitario.
• No encontrarse irregularmente en
territorio español.
• Carecer de antecedentes penales
en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
• No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en los
• Estados miembros del Espacio Schengen.
• Poseer la titulación, en su caso,
debidamente homologada o que se acredite la capacitación exigida
para el ejercicio de la profesión.
• Que la situación nacional de
empleo permita la contratación. Lo permite si:
a. La ocupación que va a desempeñar el
trabajador en la empresa está incluida en el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura que el Servicio
Público de Empleo Estatal publica trimestralmente.
b. El Servicio Público de Empleo
certifica que la gestión de la oferta de
empleo ha concluido con resultado negativo.
c. La autorización va dirigida a
nacionales de Estados con los que España
haya suscrito acuerdos internacionales (Chile y Perú).
d. Es un supuesto recogido en el
artículo 40 de la Ley Orgánica 4/2000.
• El contrato deberá garantizar al
trabajador una actividad continuada durante el periodo de vigencia de la autorización para residir y
trabajar
• La empresa solicitante deberá
estar inscrita en el régimen del sistema de
• Seguridad Social y encontrarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la
Seguridad Social, y acreditar la solvencia necesaria para la contratación.
• Las condiciones fijadas en el
contrato de trabajo se deberán ajustar a las establecidas por la normativa vigente.
¿Cómo te podemos ayudar para
realizar la Residencia y Trabajo Inicial cuenta ajena?
Abogado te defiende, pone a su
disposición todas las herramientas y la experiencia necesarias para ayudarte a obtener la Residencia y
Trabajo Inicial cuenta ajena para su empleado.
Ponte en contacto con nosotros y ¡te ayudaremos a realizar este trámite con
éxito! info@abogadotedefiende.com o a los teléfonos
91 279 8145 – 918259253
*Los textos de este portal son solo a
título informativo, pueden sufrir cambios y actualizaciones normativas. No tienen carácter de asesoramiento
legal. Si cree estar en esta situación, contacta con nosotros.
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