Quiero renovar mi residencia inicial. ¿Cómo puedo
hacerlo?
¿Qué es la Renovación de Residencia Temporal?
La Renovación de Residencia Temporal, es el trámite que debes realizar
para continuar legalmente tu estadía en España y renovar tu Residencia Inicial. Si tienes alguna duda ponte en
contacto con nosotros
Requisitos para realizar la Renovación de Residencia Temporal
• No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico
Europeo y de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países, a los que les ser de aplicación el régimen
comunitario.
• Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en
el ordenamiento español.
• No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en los Estados miembros del Espacio
Schengen.
• Tener medios de vida suficientes para atender sus gastos de manutención y estancia, incluyendo, en su caso,
los de su familia, sin necesidad de desarrollar actividad laboral.
¿Cómo te podemos ayudar para renovar tu Residencia Inicial?
Abogado te defiende, pone a tu disposición todas las herramientas que necesites para realizar tu Residencia
Inicial.
Ponte en contacto con nosotros y ¡te ayudaremos a realizar este
trámite con éxito! info@abogadotedefiende.com o a los
teléfonos 91 279 8145 – 918259253
Los textos de este portal son solo a título informativo pueden sufrir cambios y actualizaciones normativas. No
tienen carácter de asesoramiento. Si crees estar en esta situación, contacta con nosotros.
PRIMERA RENOVACIÓN
Me ha llegado la carta para hacer la Primera Renovación de mi residencia. ¿Qué
debo hacer ahora?
¿Qué es la Primera Renovación de Residencia?
Es el trámite que debes realizar para continuar legalmente tu estadía en España. Si has cumplido los requisitos
que exige la ley, no tendrás ningún problema para acceder a este trámite, que te permitirá trabajar en España por
los próximos 2 años. Si tienes alguna duda ponte en contacto con
nosotros
Requisitos para realizar la Renovación de Residencia Temporal
• No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico
Europeo y de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países, a los que les sea de aplicación el régimen
comunitario.
• No encontrarse irregularmente en territorio español.
• Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en
el ordenamiento español.
• No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en los Estados miembros del Espacio
Schengen.
• Poder acreditar uno de los siguientes supuestos:
a. Continuar con la relación laboral que dio origen a la concesión de la autorización que se va a renovar.
b. Haber realizado actividad laboral durante un mínimo de seis meses por año y:
i. Haber suscrito un nuevo contrato de trabajo y figurar en alta o asimilada en el momento de la solicitud,
o
ii. Sin estar en alta o asimilada, disponer de un nuevo contrato que garantice la actividad laboral del
trabajador.
c. Haber realizado de la actividad durante un mínimo de tres meses por año siempre que:
i. La relación laboral que dio origen a la autorización se interrumpió por causas ajenas al trabajador.
ii. Se ha buscado activamente empleo.
iii. Se tiene un contrato de trabajo en vigor.
d. Tener otorgada una prestación contributiva de desempleo.
e. Ser beneficiario de una prestación económica asistencial de carácter público destinada a lograr su inserción
social o laboral.
f. Haber estado trabajando y en alta en la Seguridad Social durante un mínimo de nueve meses en un periodo de
doce, o de dieciocho meses en un periodo de veinticuatro, siempre que:
i. La última relación laboral se interrumpió por causas ajenas al trabajador.
ii. Se ha buscado activamente empleo.
• El cónyuge del trabajador dispone de los requisitos económicos suficientes para reagrupar al trabajador.
¿Cómo te podemos ayudar para hacer tu Primera Renovación de Residencia?
Abogado te defiende, pone a tu disposición todas las herramientas que necesites para realizar tu Primera
Renovación de Residencia.
Ponte en contacto con nosotros y ¡te ayudaremos a realizar este
trámite con éxito! info@abogadotedefiende.com o a los
teléfonos 91 279 8145 – 918259253
Los textos de este portal son solo a título informativo pueden sufrir cambios y actualizaciones normativas. No
tienen carácter de asesoramiento. Si crees estar en esta situación, contacta con nosotros.
SEGUNDA RENOVACIÓN
Estoy dentro de los 60 días para hacer la segunda Renovación de mi residencia y no me ha llegado la carta.
¿Qué debo hacer en este caso?
La Segunda Renovación de Residencia, es el trámite que debes realizar
para continuar legalmente tu estadía en España. Si has cumplido los requisitos que exige la ley, no tendrás ningún
problema para acceder a este trámite, que te permitirá vivir y trabajar en España por los próximos 2 años. Si
tienes alguna duda ponte en contacto con nosotros
Requisitos para realizar la Segunda Renovación de Residencia Temporal
• No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico
Europeo y de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países, a los que les sea de aplicación el régimen
comunitario.
• No encontrarse irregularmente en territorio español.
• Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en
el ordenamiento español.
• No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en los Estados miembros del Espacio
Schengen.
• Poder acreditar uno de los siguientes supuestos:
a. Continuar con la relación laboral que dio origen a la concesión de la autorización que se va a renovar.
b. Haber realizado actividad laboral durante un mínimo de seis meses por año y:
i. Haber suscrito un nuevo contrato de trabajo y figurar en alta o asimilada en el momento de la solicitud,
o
ii. Sin estar en alta o asimilada, disponer de un nuevo contrato que garantice la actividad laboral del
trabajador.
c. Haber realizado de la actividad durante un mínimo de tres meses por año siempre que:
i. La relación laboral que dio origen a la autorización se interrumpió por causas ajenas al trabajador.
ii. Se ha buscado activamente empleo.
iii. Se tiene un contrato de trabajo en vigor.
d. Tener otorgada una prestación contributiva de desempleo.
e. Ser beneficiario de una prestación económica asistencial de carácter público destinada a lograr su inserción
social o laboral.
f. Haber estado trabajando y en alta en la Seguridad Social durante un mínimo de nueve meses en un periodo de
doce, o de dieciocho meses en un periodo de veinticuatro, siempre que:
i. La última relación laboral se interrumpió por causas ajenas al trabajador.
ii. Se ha buscado activamente empleo.
• El cónyuge del trabajador dispone de los requisitos económicos suficientes para reagrupar al trabajador.
¿Cómo te podemos ayudar para hacer tu Segunda Renovación de Residencia?
Abogado te defiende, pone a tu disposición todas las herramientas que necesites para realizar tu Segunda
Renovación de Residencia.
Ponte en contacto con nosotros y ¡te ayudaremos a realizar este
trámite con éxito! info@abogadotedefiende.com o a los teléfono
91 279 8145 – 918259253
Los textos de este portal son solo a título informativo pueden sufrir cambios y
actualizaciones normativas. No tienen carácter de asesoramiento. Si crees estar en esta situación, contacta con
nosotros.
RENOVACIÓN RESIDENCIA Y TRABAJO CUENTA PROPIA
Esta por vencer mi tarjeta de residencia por cuenta propia. ¿Qué debo hacer
para renovarla?
¿Qué es la Renovación Residencia y Trabajo Cuenta Propia?
Requisitos para solicitar la Renovación Residencia y Trabajo Cuenta Propia
• No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico
Europeo y de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países, a los que les sea de aplicación el régimen
comunitario.
• No encontrase irregularmente en territorio español.
• Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en
el ordenamiento español.
• No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en los Estados miembros del Espacio
Schengen.
• Poder acreditar uno de los siguientes supuestos:
a. Continuar con la relación laboral que dio origen a la concesión de la autorización
que se va a renovar, siempre que se hayan cumplido las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
b. Que el cónyuge del trabajador dispone de los requisitos económicos suficientes para reagrupar al
trabajador.
c. Ser beneficiario de la protección por cese de actividad
¿Cómo te podemos ayudar para obtener la Renovación Residencia y Trabajo Cuenta Propia?
Abogado te defiende, pone a tu disposición todas las herramientas y la experiencia necesarias para ayudarte a
obtener la Renovación Residencia y Trabajo Cuenta Propia.
Ponte en contacto con nosotros y ¡te ayudaremos a realizar este trámite con éxito! info@abogadotedefiende.com o a los teléfono 91 279 8145 –
918259253
Los textos de este portal son solo a título informativo pueden sufrir cambios y actualizaciones normativas. No
tienen carácter de asesoramiento. Si crees estar en esta situación, contacta con nosotros.
RENOVACIÓN RESIDENCIA POR REAGRUPACIÓN FAMILIAR
La tarjeta de residencia por reagrupación de mi madres esta por vencer. ¿Qué
debo hacer ahora?
¿Qué es la Renovación Reagrupación Familiar?
La Renovación Residencia por Reagrupación Familiar, es el trámite que
debe realizar tu familiar reagrupado para mantener su residencia temporal en España. Si tienes alguna duda ponte en
contacto con nosotros y te asesoramos para conseguirlo.
Requisitos para realizar la Renovación Residencia por Reagrupación Familiar
• No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio
Económico
• Europeo y de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países, a los que les sea de aplicación el régimen
comunitario.
• Ser titular de autorización de residencia temporal por reagrupación familiar
• Disponer de empleo o recursos económicos suficientes para atender las necesidades de la familia.
• Tener cobertura de la asistencia sanitaria.
• Carecer de antecedentes penales en España.
¿Cómo te podemos ayudar para hacer la Renovación Residencia por Reagrupación Familiar?
Abogado te defiende, pone a tu disposición todas las herramientas que necesitas para realizar tu Residencia
Permanente o Residencia de Larga Duración. Y si has tenido algún problema te acompañamos a la cita.Ponte en
contacto con nosotros y ¡te ayudaremos a realizar este trámite
con éxito! info@abogadotedefiende.com o a los teléfono 91
279 8145 – 918259253
Los textos de este portal son solo a título informativo pueden sufrir cambios y
actualizaciones normativas. No tienen carácter de asesoramiento. Si crees estar en esta situación, contacta con
nosotros.