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RESIDENCIA POR CAUSAS HUMANITARIAS

Mi hermano vino de visita y le han detectado cáncer muy avanzado. Lo están tratando aquí y el tipo de enfermedad que tiene no la pueden operar en mi país ¿Qué podemos hacer?

¿Qué es la Residencia por Causas Humanitarias?

Residencia por Causas Humanitarias, una autorización de residencia temporal que se podrá conceder a ciudadanos extranjeros que vivan en España y cuyo caso sea excepcional.

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Puedes ponerte en contacto a través de nuestro TELÉFONO 91 825 9253 o si escribes tu nombre y móvil te llamaremos. Por favor antes de enviar tu mensaje revisa y acepta nuestra política de protección de datos!

Requisitos para obtener la Residencia por Causas Humanitarias

• No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico
• Europeo y de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países, a los que les sea de aplicación el régimen comunitario.

• Acreditar una de las siguientes circunstancias:

• Ser víctima de delito tipificado en los artículos 311 a 314 del Código Penal:
• delitos contra los derechos de los trabajadores.

• Ser víctima de delitos en los que haya concurrido la circunstancia agravante de comisión por motivos racistas, antisemitas u otra clase de discriminación referente a la ideología, religión o creencias de la víctima, la etnia, raza o nación a la que pertenezca, su sexo u orientación sexual, o la enfermedad o minusvalía que padezca.

• Sufrir una enfermedad sobrevenida de carácter grave que requiera asistencia sanitaria especializada, de imposible acceso en su país de origen, y que el hecho de ser interrumpida o de no recibirla suponga un grave riesgo para la salud o vida.

• Que su traslado al país del que son originarios o proceden, a efectos de solicitar el visado que corresponda, implique un peligro para su seguridad o la de su familia y que reúnen el resto de los requisitos para obtener una autorización temporal de residencia o residencia y trabajo

• Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de
• residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.

• No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en los
• Estados miembros del Espacio Schengen.

¿Cómo te podemos ayudar para realizar LA RESIDENCIA POR CAUSAS HUMANITARIAS?

Abogado te defiende, pone a tu disposición todas las herramientas y la experiencia necesarias para ayudarte a obtener el Arraigo Familiar.

Ponte en contacto con nosotros y ¡te ayudaremos a realizar este trámite con éxito! info@abogadotedefiende.com  o a los teléfonos 91 279 8145 – 918259253

*Los textos de este portal son solo a título informativo, pueden sufrir cambios y actualizaciones normativas. No tienen carácter de asesoramiento legal. Si cree estar en esta situación, contacta con nosotros.

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