RESIDENCIA POR CAUSAS HUMANITARIAS
Mi
hermano vino de visita y le han detectado cáncer muy avanzado. Lo están tratando aquí y el tipo de enfermedad
que tiene no la pueden operar en mi país ¿Qué podemos hacer?
¿Qué es la Residencia por Causas Humanitarias?
Residencia por Causas Humanitarias, una autorización de residencia
temporal que se podrá conceder a ciudadanos extranjeros que vivan en España y cuyo caso sea excepcional.
Requisitos para obtener la
Residencia por Causas Humanitarias
• No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico
• Europeo y de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países, a los que les sea de aplicación el régimen
comunitario.
• Acreditar una de las siguientes
circunstancias:
• Ser víctima de delito tipificado
en los artículos 311 a 314 del Código Penal:
• delitos contra los derechos de los trabajadores.
• Ser víctima de delitos en los que
haya concurrido la circunstancia agravante de comisión por motivos racistas, antisemitas u otra clase de
discriminación referente a la ideología, religión o creencias de la víctima, la etnia, raza o nación a la que
pertenezca, su sexo u orientación sexual, o la enfermedad o minusvalía que padezca.
• Sufrir una enfermedad sobrevenida
de carácter grave que requiera asistencia sanitaria especializada, de imposible acceso en su país de origen,
y que el hecho de ser interrumpida o de no recibirla suponga un grave riesgo para la salud o
vida.
• Que su traslado al país del que
son originarios o proceden, a efectos de solicitar el visado que corresponda, implique un peligro para su
seguridad o la de su familia y que reúnen el resto de los requisitos para obtener una autorización temporal
de residencia o residencia y trabajo
• Carecer de antecedentes penales
en España y en sus países anteriores de
• residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
• No tener prohibida la entrada en
España y no figurar como rechazable en los
• Estados miembros del Espacio Schengen.
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