OBRA Y SERVICIO
Tengo una oferta de trabajo en España de un año para un
contrato por obra y servicio. ¿Qué trámite debo hacer para tener permiso de
trabajo?
¿Qué es la Residencia y Trabajo
cuenta ajena (obra y servicio)?
La Residencia y Trabajo cuenta ajena (obra y servicio) es una autorización de
residencia temporal y trabajo que puede solicitar tanto el empleador como el empresario. Para el montaje de
plantas industriales o eléctricas, construcción de infraestructuras, edificación de redes de suministro
eléctrico, gas, ferrocarriles y telefónicos, instalaciones y mantenimientos de equipos productivos, así como
su puesta en marcha y reparaciones. Si tiene alguna duda póngase en contacto con nosotros.
Requisitos para solicitar la
Residencia y Trabajo cuenta ajena (obra y servicio)
• No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y de
Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países, a los que les sea de aplicación el régimen
comunitario.
• No encontrarse irregularmente en
territorio español.
• Carecer de antecedentes penales
en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento
español.
• No tener prohibida la entrada en
España y no figurar como rechazable en los
• Estados miembros del Espacio Schengen.
• Poseer la titulación, en su caso,
debidamente homologada o que se acredite la capacitación exigida
para el ejercicio de la profesión.
• La situación nacional de empleo deberá permitir la contratación. Lo
permite si:
a. La oferta de empleo, tiene puestos
vacantes después de haber sido puesta a disposición de los Servicios Público de Empleo Estatal y de las
Comunidades Autónomas y publicadas durante quince días para que los trabajadores residentes en España puedan
previamente concurrir a su cobertura.
b. El trabajador es necesario para el
montaje por renovación de una instalación o equipos productivos.
• Que se garantice al trabajador
una actividad continuada durante el periodo de vigencia de la autorización para residir y
trabajar
• Que la empresa solicitante esté
inscrita en el régimen del sistema de Seguridad Social y se encuentre al corriente del cumplimiento de sus
obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
• Que las condiciones fijadas en el
contrato de trabajo se ajusten a las establecidas por la normativa vigente.
• Disponer de alojamiento adecuado
que reúna lasa condiciones previstas en la normativa en vigor y siempre que quede garantizada la dignidad e
higiene adecuadas del alojamiento (esta obligación puede exceptuarse en virtud de las condiciones de la
actividad laboral).
• Organizar los viajes de llegada a
España y de regreso al país de origen y asumir, como mínimo, el coste del primero de tales viajes y los
gastos de traslado de ida y vuelta entre el puesto de entrada a España y el lugar del alojamiento, así como
haber actuado diligentemente en orden a garantizar el regreso de los trabajadores a su país de origen en
anteriores ocasiones.
• Que el trabajador se comprometa a
retornar al país de origen una vez concluida
• la relación laboral
¿Cómo te podemos ayudar para
realizar la Residencia y Trabajo cuenta ajena (obra y servicio)?
Abogado te defiende, pone a su
disposición todas las herramientas y la experiencia necesarias para ayudarte a obtener la Residencia y
Trabajo cuenta ajena (obra y servicio)
Ponte en contacto con nosotros y ¡te ayudaremos a realizar este trámite con
éxito! info@abogadotedefiende.com o a los teléfonos
91 279 8145 – 918259253
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título informativo, pueden sufrir cambios y actualizaciones normativas. No tienen carácter de asesoramiento
legal. Si cree estar en esta situación, contacta con nosotros.
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