CAMBIO TERRITORIO/ OCUPACIÓN
Tengo
una tarjeta inicial de residencia por cuenta ajena y quiero mudarme a Madrid para trabajar allá ¿Puedo
hacerlo si mi tarjeta dice que debo trabajar en Barcelona?
¿Qué es la Residencia y Trabajo
Inicial (cambio territorio/ ocupación)?
La Residencia y Trabajo Inicial (cambio
territorio/ ocupación) es la autorización que modifica la
ocupación y/o el ámbito territorial de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena inicial de la
que es titular un trabajador extranjero. Si tienes alguna duda ponte en contacto con nosotros.
Requisitos para solicitar el
Cambio de Cuenta Ajena a Cuenta Propia y viceversa
• Ser titular de autorización
inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.
• Poseer la titulación, en su caso, debidamente homologada o que
se acredite la capacitación exigida para el ejercicio de la profesión.
• El contrato deberá garantizar actividad continuada durante el periodo de vigencia de la autorización para
residir y trabajar.
• La empresa solicitante deberá estar inscrita en el régimen del sistema de Seguridad Social y encontrarse
al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, y acreditar la
solvencia necesaria para la contratación.
• Las condiciones fijadas en el contrato de trabajo se deberán ajustar a las establecidas por la normativa
vigente.
• En el supuesto de modificación de ocupación, que la
situación nacional de empleo permita la contratación. Lo permite si:
a.La ocupación que va a desempeñar el trabajador en la empresa está incluida en el catálogo de ocupaciones de
difícil cobertura que el Servicio Público de Empleo Estatal publica trimestralmente.
b. Un Servicio Público de Empleo certifica que la gestión de la oferta de empleo ha concluido con resultado
negativo
c. La autorización va dirigida a nacionales de Estados con los que España haya suscrito acuerdos internacionales
(Chile y Perú).
d. Es un supuesto recogido en el artículo 40 de la Ley Orgánica 4/2000.
¿Cómo te podemos ayudar para obtener el Cambio de Cuenta Ajena a Cuenta Propia y viceversa?
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91 279 8145 – 918259253
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título informativo, pueden sufrir cambios y actualizaciones normativas. No tienen carácter de asesoramiento
legal. Si cree estar en esta situación, contacta con nosotros.
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