Tengo 2 hijos menores de edad con
nacionalidad Española. Mi esposo y yo estamos sin papeles. Sabemos que por la nueva ley podemos a tener residencia
legal. ¿Qué podemos hacer?
¿Qué es el Arraigo Familiar por hijo? Es la autorización de residencia para los padres de los menores de nacionalidad española, que se encuentren en situación irregular en
España.
Requisitos para obtener el Arraigo Familiar por hijo
Si eres padre de un menor español y quieres optar a la autorización de residencia por arraigo familiar, tienes
que presentar tu solicitud con la siguiente documentación:
1. Copia de todas las páginas de tu pasaporte
2. Certificado de Nacimiento del menor
3. Copia y original de DNI del menor.
4. Certificado de empadronamiento familiar, que demuestre que vives con tu hijo.
5. En caso de que no vivas tu hijo, hay que aportar los documentos que acreditan que estás al día con el
cumplimiento de tus obligaciones paterno filiales, es decir está pagando puntualmente la pensión alimenticia a tus
hijos.
6. Certificado de antecedentes penales de país de origen de extranjero.
¿Cómo te podemos ayudar para obtener el Arraigo Familiar por hijo?
Abogado te defiende, pone a tu disposición todas las herramientas y la experiencia necesarias para ayudarte a
obtener el Arraigo Familiar.
Ponte en contacto con nosotros y ¡te ayudaremos a realizar este trámite con éxito info@abogadotedefiende.com o a los teléfonos 91 279 8145 –
918259253
*Los textos de este portal son solo a título informativo, pueden sufrir cambios y
actualizaciones normativas. No tienen carácter de asesoramiento legal. Si cree estar en esta situación, contacta
con nosotros.
ARRAIGO FAMILIAR POR HIJO: NOTICIAS
LOS 'SIN PAPELES' CON HIJOS MENORES ESPAÑOLES PODRÁN REGULARIZAR SU SITUACIÓN
…En concreto, el Reglamento, que llega con un año de retraso, crea la figura del arraigo familiar, por la que
podrán regularizar su situación las personas sin permiso de residencia y con hijos menores si tienen nacionalidad
española. No obstante, se mantiene la regularización por arraigo laboral --dos años de residencia y un contrato de
trabajo--, por arraigo social --tres años de residencia, vínculos familiares y contrato laboral--, y por razones
excepcionales o de índole humanitaria.
Fuente Europapress
YA ESTÁ EN VIGOR LA NUEVA LEY DE EXTRANJERÍA …Entre los cambios más importantes que
introduce el nuevo Reglamento cabe destacar la nueva figura jurídica del arraigo familiar, la posibilidad de que
los padres en situación irrgular que tengan hijos españoles a su cargo puedan obtener 'papeles' gracias a
ellos.
Fuente enlatino.com